El Gobierno de La Rioja ha aprobado las ayudas para la adquisición de animales de reposición en 2023 a las que destinará 100.000 euros
- A través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, ha aprobado las ayudas para la adquisición de animales de reposición, en régimen de concurrencia competitiva, a las que destinará 100.000 euros.
El objetivo es mejorar el patrimonio genético ganadero de la comunidad autónoma |
Beneficiarios
Ganaderos inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de La Rioja como explotación de reproducción y producción (excepto ganado de lidia y establecimientos para la práctica ecuestre).
Requisitos
Los animales adquiridos deben cumplir los siguientes requisitos:
Pertenecer a alguna de las razas recogidas en el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
Estar inscritos en el Libro Genealógico de la raza correspondiente. Tener en el momento de incorporación a la explotación, una edad mínima de 8 meses para vacuno,y 3 meses para ovino y caprino. No superando en ningún caso la edad de 3 años.
Proceder de explotaciones que cumplan las normas estatales y comunitarias en materia de identificación y registro, sanidad animal, medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
Actuaciones subvencionables y cuantía
Se subvencionará la adquisición de hembras y machos de reposición de ganado bovino (excepto ganado de lidia), ovino y caprino.
La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 50% del coste del animal en las explotaciones situadas en zonas desfavorecidas y el 40% en las explotaciones situadas en el resto de zonas, con un máximo de 900 euros por semental bovino, 720 euros por novilla, 300 euros por semental ovino y caprino, y 225 euros por hembra de reposición ovina y caprina. La subvención se concederá una sola vez por cada animal.
Las cuantías de las ayudas se incrementarán en 200 por semental bovino y en un 20% en el resto de los casos, para aquellos animales comprados en ferias ganaderas celebradas en la Comunidad Autónoma de La Rioja o que hayan sido comprados para reponer animales sacrificados como consecuencia de enfermedades sujetas a los programas de vigilancia, control y erradicación de enfermedades reconocidos por la autoridad competente en materia de sanidad animal.
Número máximo de animales a subvencionar por explotación y convocatoria:
a) Un semental por explotación, pudiendo llegar a:
- Dos sementales en explotaciones bovinas con más de cuarenta reproductoras.
- Diez sementales en explotaciones de ovino o caprino (sin sobrepasar la proporción de 1 por cada 50 reproductoras).
b) Un número de hembras de reposición no superior al 15% del número de reproductoras de la explotación.
Los animales deben cumplir los siguientes requisitos: pertenecer al Programa Nacional de Conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas; estar inscritos en el Libro Genealógico de la razón correspondiente; tener en el momento de incorporación a la explotación una edad mínima de 8 meses para vacuno y hembras de equino, 3 meses para ovino y caprino, 4 meses para porcino y 15 meses para machos de equipo, sin superar en ningún caso la edad de 3 años, así como proceder de explotaciones que cumplan las normas estatales y comunitarias en materia de identificación y registro, sanidad animal, medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.