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21 Abr 2022

Ayuda extraordinaria para productores de leche

El Ministerio concederá y pagará una ayuda a los productores de leche de vaca, oveja y cabra

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) publicará antes del 29/04/2022 en la Sede Electrónica del Ministerio la relación de beneficiarios titulares de explotaciones que cumplen con los requisitos para percibir la ayuda.

 

El MAPA concederá y pagará una ayuda a los productores de leche de vaca, oveja y cabra, en compensación por el incremento de los costes provocados por el aumento del precio de la electricidad, los piensos de alimentación animal y los combustibles debido a la situación creada por la invasión de Ucrania.

Serán beneficiarios de estas ayudas, las personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino o caprino dedicadas a la producción de leche que consten en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) y tengan acreditada esta actividad en el último año por haber declarado entregas o venta directa a INFOLAC en 2021 y que hayan solicitado ayudas asociadas al vacuno de leche y/o al ovino y caprino en la solicitud única de la campaña 2021.

No es necesario presentar una solicitud explícita de esta ayuda extraordinaria en 2022, sino que cada beneficiario se determinará de oficio por el MAPA y será el establecido por el cobro de las ayudas asociadas al vacuno de leche y en el ovino y caprino correspondientes a la solicitud única de la campaña 2021.

 

 

Los importes unitarios máximos que se han establecido son:

Producción de leche de vaca:

– 210 euros/vaca hasta un máximo de 40 cabezas por beneficiario
– 140 euros/vaca por los animales entre el 41 y el 180 por beneficiario
– 100 euros/vaca por los animales por encima de 180 por beneficiario

Producción de leche de oveja:

– 15 euros/oveja

Producción de leche de cabra:

– 10 euros/cabra

 

Esta ayuda, que en ningún caso puede superar los 35.000€ por beneficiario, se pagará en el año 2022 en base a los datos de la campaña 2021.

El MAPA prevé publicar antes del 29 de abril, en su sede electrónica, la relación de beneficiarios titulares de explotaciones que cumplen con los requisitos para percibir ayuda. Los beneficiarios dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para presentar recurso a la resolución o renuncia a la ayuda si lo consideran oportuno.

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: MAPA




 
 

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