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El veterinario de explotación según el Real Decreto 364/2023

El RD 364/2023 desarrolla la figura del veterinario de explotación

Este nuevo real decreto 364/2023desarrolla la figura del veterinario de explotación, que toma un papel clave dentro de las explotaciones ganaderas.

El MAPA (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) ha publicado el Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas.

El Veterinario de explotación y el Real Decreto 364/2023

Con la entrada en vigor del Real Decreto 364/2023 se regula el papel del Veterinario de Explotación y las responsabilidades y obligaciones de ganaderos y veterinarios.

El mayor cambio en las labores que se van a exigir a ganaderos y veterinarios con esta nueva norma, radica en que todo deberá de quedar registrado y a disposición de los Servicios Veterinarios Oficiales para su inspección y control. Así, podemos decir que “lo que no está escrito es como si no existiera”.

Además, adquiere gran importancia el control en el uso de antibióticos, con el objetivo de frenar las muertes que provocan las resistencias a los mismos.

Una de las principales exigencias que deben cumplir las granjas es contar con un «veterinario de explotación» y así, en este contexto surge la figura del veterinario de explotación.

Un veterinario de explotación tiene una visión integral de la misma

Las funciones del veterinario de la explotación incluyen diseñar, redactar y supervisar un Plan Sanitario Integral (PSI) y un Plan de Bienestar Animal (PBA), así como asesorar en el cumplimiento de la normativa y realizar las visitas zoosanitarias.

Funciones y responsabilidades del veterinario o veterinaria de explotación:

Esta nueva norma se aplicará en todas las explotaciones ganaderas destinadas a la producción de alimentos, al aprovechamiento comercial de los productos ganaderos o a fines agrarios.

Se regula la figura del veterinario de explotación de las siguientes especies ganaderas:

Los veterinarios, ante este nuevo marco legislativo, deberán formarse para afrontar las tareas y obligaciones establecidas por el Real Decreto 364/2023

Entre los requisitos y obligaciones está el deDisponer y mantener actualizados los conocimientos necesarios sobre sanidad y bienestar animal para llevar a cabo las funciones asignadas reglamentariamente”.

Esto implica:


 

 

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