El Gobierno elimina las restricciones al movimiento de ganado bovino, una vez restablecida la legalidad vulnerada por la Junta de Castilla y León
- La medida se toma una vez que la el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma ha suspendido cautelarmente la resolución autonómica
- La norma de Castilla y León, publicada en su boletín oficial el 15 de mayo, infringía la legislación nacional y de la Unión Europea sobre la tuberculosis bovina
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación deja sin efecto la orden ministerial publicada el pasado 29 de mayo por la que se limitaba el movimiento de ganado bovino en Castilla y León, una vez que el Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad ha restituido el marco legal sobre las medidas de control y erradicación de la tuberculosis bovina.
Esta nueva medida, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor hoy mismo, se ha adoptado después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya suspendido cautelarmente la resolución de la Consejería de Agricultura y Ganadería de dicha comunidad autónoma del 10 de mayo, que contenía una serie de medidas contrarias a la legislación de la Unión Europea y nacional sobre el control de la tuberculosis bovina.
Entre otras cuestiones, la orden autonómica permitía la salida de ganado desde explotaciones con la calificación sanitaria suspendida o retirada y rebajaba los requisitos para declarar libre de tuberculosis bovina a explotaciones afectadas por esta enfermedad.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación interpuso el 23 de mayo un recurso contencioso administrativo contra la resolución autonómica y pidió la suspensión cautelar de la misma. Además, tres días más tarde dictó la mencionada orden para limitar el movimiento de ganado desde Castilla y León al resto de comunidades autónomas y a las tres provincias de esta misma comunidad, que están declaradas libre de tuberculosis bovina, Burgos, León y Valladolid.
La propia orden ministerial especificaba que estaría en vigor en tanto no se restablecieran los requisitos del Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina y la reglamentación comunitaria de aplicación. El ministerio considera que con la suspensión judicial de la resolución autonómica queda reestablecido el marco normativo que se pretendía, por lo que, en aras a la seguridad jurídica, ha decidido dejar sin efecto la orden del 26 de mayo.