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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos nuevos reales decretos en materia de sanidad animal que suponen un giro significativo en las obligaciones de las explotaciones ganaderas. A partir de ahora, la presencia de un veterinario de explotación, así como la implementación de un plan sanitario integral y un plan de bienestar animal, pasarán a ser opciones voluntarias para los titulares de estas instalaciones, cuando hasta ahora eran requisitos obligatorios conforme al Real Decreto 364/2023.
Según ha informado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), esta flexibilización normativa responde a una de las 43 medidas pactadas el pasado año con organizaciones agrarias como la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y la Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos (UdU), en el marco de las protestas del sector. Esta medida busca aliviar la carga regulatoria para las explotaciones, especialmente las más pequeñas, sin perder de vista el objetivo de mantener un alto nivel sanitario en la cabaña ganadera nacional.
No obstante, el Gobierno ha insistido en que, pese a eliminarse la obligatoriedad, se seguirá garantizando un control sanitario riguroso mediante la exigencia de que los requisitos mínimos sean evaluados en visitas zoosanitarias realizadas por veterinarios habilitados. En este sentido, se subraya que las granjas que opten voluntariamente por incorporar un veterinario serán consideradas de menor riesgo sanitario, lo que podría tener implicaciones en términos de inspección y acceso a determinadas ayudas o programas.
Además del decreto marco, el Consejo de Ministros también ha aprobado una segunda normativa que modifica aspectos específicos de la sanidad animal en explotaciones porcinas, avícolas y bovinas. En este caso, además de reforzar el carácter voluntario de las figuras del veterinario y los planes sanitarios y de bienestar, se adapta el contenido del Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones (SIGE) para alinearlo con las nuevas obligaciones de vigilancia y responsabilidad del titular.
Uno de los puntos destacados de esta normativa es que se amplía un año más el periodo de adaptación de las explotaciones porcinas a las normas mínimas de protección de los cerdos, una medida largamente solicitada por el sector, que venía reclamando más margen para aplicar estas mejoras sin comprometer la viabilidad económica de las granjas.
Desde fuentes del Ministerio se ha remarcado que “estos cambios no suponen una relajación del estatus sanitario de nuestras explotaciones, sino una adaptación consensuada y racional de los requisitos técnicos al contexto real del campo español”. Asimismo, se espera que la medida tenga un impacto positivo en la reducción de la burocracia, sin que ello comprometa la prevención y control de enfermedades animales.
Por otro lado, medios especializados como La Voz de Galicia, AgroCLM y Efeagro han señalado que, con esta decisión, España se posiciona en una línea de mayor flexibilidad regulatoria frente a otros países europeos, sin abandonar el compromiso con la sanidad animal, que sigue siendo uno de los pilares fundamentales para garantizar la seguridad alimentaria, el bienestar animal y la competitividad internacional del sector ganadero.
Estas nuevas normativas entrarán en vigor tras su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y serán objeto de seguimiento técnico para valorar su impacto en el medio y largo plazo.
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