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El MAPA ha realizado un borrador del RD con la norma de ordenación de las granjas de vacuno con el objetivo de regular los principios básicos.
Entre las novedades de esta normativa se encuentra la limitación de al capacidad productiva de las nuevas granjas, indicando una capacidad máxima de 850 UGM en granjas de bovino, tanto de leche como de carne, así como mixtas, que no estén con condición de extensivo, y en cebaderos de terneros.
En equivalencia serían unas 725 vacas en ordeño o 1.400 terneros de cebo.
También se fijan las condiciones de alojamiento y alimentación para las granjas extensivas y se incluyen las condiciones mínimas de infraestructuras, equipamiento, manejo, bioseguridad, bienestar animal, condiciones higiénico-sanitarias o requisitos medioambientales.
Fuente: agrodigital.com
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