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El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los Estados miembros pueden establecer medidas nacionales para imponer la indicación obligatoria del país de origen o lugar de procedencia de los alimentos.

En particular, afecta a la leche y a aquella leche utilizada como ingrediente, en los casos en los que la omisión pueda inducir a error.

El TJUE indica que la adopción de este etiquetado únicamente será posible si se demuestra objetivamente que hay una relación entre el origen de un alimento y algunas de sus cualidades y si, los Estados miembros aportan la prueba de que la mayoría de consumidores conceden importancia esta información.

 

Fuente: agrodigital.com




 
 

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Revista rumiNews Septiembre 2024

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