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La Comisión Europea ha hecho pública la modificación del anexo II de la Decisión 93/52/CEE y del anexo II de la Decisión 2003/467/CE, respecto al estatus oficialmente indemne de brucelosis (Brucella melitensis) en determinadas regiones de España.
Europa ha dado el visto bueno después de evaluar la documentación remitida por España en relación a la prevalencia de brucelosis en rebaños ovino y caprino de las regiones de Murcia, Toledo, Huelva, Sevilla y Córdoba. Son regiones indemnes a la brucelosis actualmente.
Uno de los requisitos que deben cumplir las regiones con ganado ovino y caprino es que en el 99,8% de las explotaciones no puede haber casos confirmados de la enfermedad en los últimos 5 años, y la prohibición de vacunación en 3 años.
Se ha concluido también que Aragón y León cumplen las condiciones en ganado bovino para declarar la región oficialmente indemne de brucelosis en este ganado.
En el caso del ganado bovino, los requisitos incluyen el mantenimiento de al menos un 99,8% de los rebaños libres de brucelosis durante 5 años consecutivos, y que no existan aislamientos ni casos de abortos por Brucella abortus durante al menos 3 años.
Fuente: BOE.es.doue
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