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La Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil) entiende que la normativa vigente incumple el reglamento de la OCM láctea sobre libre negociación de precios
La Federación Nacional de Industrias Lácteas (FENIL) ha presentado una demanda ante el Tribunal Supremo por la que pide que se anule la prohibición de comprar a pérdidas entre transformador y productor de leche, al entender que incumple el reglamento de la OCM láctea sobre libre negociación de precios.
El recurso contencioso-administrativo, al que ha tenido acceso Efeagro, reclama la nulidad del contenido del real decreto 374/2022, sobre contrataciones en el sector lácteo, que obliga a que el ganadero no venda la leche a la industria por debajo de su coste efectivo de producción, en cumplimiento de la reformada Ley de la Cadena Alimentaria.
Fenil pide también al Tribunal Supremo anular el contenido de dicho real decreto sobre formalización, subrogación, renegociación y rescisión de los contratos.
De forma indirecta, eso conlleva a que la patronal láctea solicite al Supremo que sea inaplicable al sector lácteo la disposición adicional quinta de la Ley de la Cadena Alimentaria, sobre la que planeta además una cuestión de inconstitucionalidad.
El argumentario jurídico de esta demanda se centra en que dicha norma a su juicio “contraviene directamente” el artículo 148.4 del Reglamento OCM, referente a la especificidad del sector lácteo, según el cual “todos los elementos de los contratos” para la entrega de leche cruda celebrados “serán negociados libremente entre las partes”.
FENIL considera que prohibir la compra a pérdidas “colisiona frontalmente” con dicho artículo y restringe “de manera innecesaria y desproporcionada la autonomía y la libertad negocial” de las partes. Además, alude a varias sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que no hacen en su opinión “sino confirmar la tesis” de la demanda presentada.
La federación plantea que prohibir comprar a pérdidas perjudica también a los ganaderos, especialmente a los “menos eficientes” y lo justifica asegurando que, “en situaciones puntuales de claro exceso de oferta” de leche que, “desafortunadamente son frecuentes” por su carácter “cíclico, los productores no van a poder bajar sus precios por debajo de los costes para garantizarse la recogida” láctea. |
“Se comprende fácilmente que la restricción de la norma conduce a un resultado opuesto al pretendido”, según FENIL.
Además, cita otras “ineficiencias” derivadas de esa prohibición como el hecho de que “no existe un concepto objetivo de ‘coste efectivo de producción’, de manera que cada ganadero podrá o no tener en cuenta lo que en cada momento considere oportuno”; o que la industria “no tiene los medios para controlar la veracidad o la exactitud de la información sobre los costes efectivos de producción comunicados”.
FENIL aclara que, “en todo caso”, la demanda se refiere a esa prohibición de comprar a pérdida “en la medida en que se aplique al sector lácteo español, caracterizado por el carácter cíclico”, por lo que no se pronuncia “con respecto a su aplicación a otros sectores”.
UPA SE PERSONA EN LA CAUSA
La organización agraria UPA ha presentado un informe pericial en el Tribunal Supremo con argumentos a favor de cubrir los costes de producción en los contratos de compra-venta de leche para asegurar la viabilidad del sector, oponiéndose así a acabar con la prohibición de comprar a pérdidas.
Miembros de la organización agraria han acudido este miércoles a una sesión judicial en la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo que sigue la demanda presentada por FENIL.
En la vista , UPA ha presentado su informe técnico que intentar rebatir el presentado por Fenil en su demanda y para ello ofrece datos del sector lácteo español como la reducción progresiva de granjas, la atomización de los productores frente a la concentración de la industria transformadora o la evolución de los precios medios en origen de los últimos años.
UPA asegura que Fenil pretende acabar con la prohibición de la compra a pérdidas presentando una demanda que “refleja una situación idílica donde productores e industria tienen el mismo poder negociador”.
No obstante, “el problema” es que, según el análisis de UPA, se observa una “imposición unilateral de todas las condiciones de contratación” por parte de la industria y eso “a pesar de las mejoras introducidas” en las normativas, que “siguen siendo insuficientes para equilibrar” la balanza.
Entre ellas, subraya que “el 90 %” de la industria láctea no cumple con la obligación de presentar la oferta de renovación de los contratos con dos meses de antelación sino que se hace “15 días” antes del vencimiento, “sin previa oferta” y se deja “sin ningún tipo de margen” al ganadero para que busque otro comprador que más le convenga.
En su argumentario, rebate aspectos de la pericial presentada por Fenil en la que la patronal láctea habla de que “no existe un concepto objetivo de ‘coste efectivo de producción’, de manera que cada ganadero podrá o no tener en cuenta lo que en cada momento considere oportuno”.
UPA asegura que “todos” los costes se mueven en “un margen muy reducido”; que hay “varias comunidades autónomas con herramientas públicas de cálculo de costes de producción”; o que existen “numerosos” índices de referencia “bastante precisos”.
A pesar de esos índices “no existe ninguna empresa” que los utilice, “lo cual demuestra que la industria lo que quiere es seguir imponiendo su precio y sus condiciones según le interese en cada momento”.
En su conclusión final, UPA plantea al Supremo que “no sólo es totalmente necesaria” la prohibición de comprar leche a pérdidas “sino que se debe mejorar su control y funcionamiento para evitar que la industria obligue a firmar contratos que no cubren estos costes de producción”.
Uno de los miembros de Unións Agrarias-UPA Félix Porto ha asegurado ante los medios de comunicación, tras participar en la vista, que el argumento de Fenil es “un tanto extravagante” al decir que prohibir la compra-venta a pérdidas perjudica al propio ganadero, “cuando el sector productor en ningún caso impugnó o puso alguna alegación” a la normativa que lo recoge (Ley de la Cadena).
“Tratamos de combatir jurídicamente un argumento que no tiene ni pies ni cabeza”, ha señalado. Porto tiene claro que si el Supremo diese la razón a la patronal y se permite comprar a pérdidas, se pone fin a la “parte trascendental” de la reformada Ley de la Cadena, que “quedaría en papel mojado”. Por eso rechazan las declaraciones de Fenil de ayer en la que aseguraba que la patronal “no quiere derogar o tumbar la Ley de Cadena Alimentaria” porque el recurso es contra la parte de real decreto 374/2022 sobre contratación en el sector lácteo que obliga a que el ganadero no venda la leche a la industria por debajo de su coste efectivo de producción, en cumplimiento, eso sí, de dicha Ley de la Cadena. |
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