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28 May 2020

Ampliación de la vigencia temporal de pastoreo para prevenir incendios

Ampliación de la vigencia temporal de pastoreo para prevenir incendios

Extremadura amplia la vigencia de esta medida para la prevención de incendios forestales y la eliminación de la vegetación en determinadas superficies.

La Resolución se ha publicado en el DOE a través de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, por la que se produce la ampliación hasta el 30 de junio de la realización de pastoreo controlado con ganado ovino.

La orden que regula esta medida, de 2012, habilita 2 periodos anuales para su realización: del 1 de abril al 31 de mayo y del 1 de noviembre al 21 de diciembre, incluyendo la facultad a la Dirección General de Política Agraria de modificar de manera motivada las fechas propuestas, así como para autorizar el cambio de carga ganadera.

Teniendo en cuenta el importante estrato herbáceo en Extremadura, que supone un incremento del riesgo de incendio, es preciso eliminar la vegetación que pueda actuar como combustible, y era imprescindible ampliar el plazo de esta medida.

El pastoreo está supeditado a que el terreno cuente con pasto suficiente, a que se garantice no dañar la plantación objeto de ayuda, la ejecución de la acción debe ejecutarse según establece la orden y con su correspondiente comunicación previa.

 

Fuente: fegas.com




 
 

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