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El nuevo real decreto regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios
Con esta regulación, el Gobierno completa el marco normativo en materia de medicamentos veterinarios, junto con los reales decretos de uso sostenible de antibióticos y el que regula la figura del veterinario de explotación
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de Sanidad, un real decreto que regula la prescripción, distribución y dispensación de medicamentos veterinarios y cuyo objetivo es favorecer un uso prudente y responsable de éstos. Con este real decreto, el Gobierno completa el marco normativo sobre medicamentos veterinarios, junto a los ya aprobados sobre uso sostenible de antibióticos y regulación de la figura del veterinario de explotación.
El real decreto establece las obligaciones de la distribución mayorista, la venta minorista y por internet de medicamentos no sujetos a prescripción, las condiciones para la realización de prescripciones veterinarias, así como la transmisión electrónica a la autoridad competente de los datos de las recetas de antibióticos y las restricciones de uso de antimicrobianos. Además, establece las obligaciones en el uso de medicamentos en las explotaciones ganaderas y la gestión de los residuos de éstos.
Se trata, por tanto, de la aprobación de una normativa básica, de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional, que incluye en su ámbito tanto los medicamentos producidos de manera industrial como los de fabricación extemporánea.
Del mismo modo que el nuevo marco legislativo europeo, el nuevo real decreto aboga por adaptar el marco regulador de los medicamentos veterinarios a los avances científicos, las condiciones actuales del mercado y la realidad económica, mientras se asegura un elevado nivel de protección de la sanidad y bienestar animal y del medio ambiente y se salvaguarda la salud pública. La nueva normativa nacional pretende con esos mismos objetivos incorporar nuevos requisitos en los que el reglamento comunitario deja margen de acción a los Estados miembros, así como adaptar la normativa nacional a las necesidades actuales, por lo que se derogan otras tres normas del mismo rango que han quedado obsoletas.
En la elaboración de la norma se han tenido en consideración los intereses de las pequeñas y medianas empresas, como son muchas de las entidades de distribución y dispensación autorizadas en España, dedicadas a la gestión de recetas electrónicas, así como los intereses de los profesionales veterinarios y las explotaciones ganaderas. Todo ello sin perder de vista nunca el objetivo fundamental de garantizar un uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios.
La norma regula tanto las condiciones de prescripción como los requisitos que deben cumplir los profesionales veterinarios en el ejercicio de sus funciones. Entre las novedades más destacadas se establecen las condiciones de uso de los medicamentos antimicrobianos en función del riesgo que supone para la salud pública su uso en animales, así como los requisitos para la realización de tratamientos metafilácticos con antimicrobianos.
En el ámbito de la distribución mayorista, se regula una nueva figura como son los almacenes por contrato. También se definen las sociedades que pueden considerarse entidades o agrupaciones ganaderas en la venta minorista y, por primera vez, se regulan los requisitos de las plataformas de emisión de recetas electrónicas.
Otra de las novedades que introduce la norma aprobada es el establecimiento de las obligaciones de los titulares de las explotaciones ganaderas en relación con el uso prudente de medicamentos veterinarios y la gestión de los residuos de éstos.
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