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04 Mar 2022

Se aprueban medidas para mejorar el transporte de animales vivos

El Real Decreto-Ley 3/2022 aprueba las medidas para mejorar la sostenibilidad del sector del transporte de mercancías por carretera y el funcionamiento de la cadena logística

 

El Consejo de Ministros ha aprobado el Decreto-Ley 3/2022 que incluye las medidas que se acordaron el pasado mes de diciembre con el Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte  (MITMA) y que aplazaron el paro que este sector tenía anunciado efectuar al principio de las navidades pasadas.

El Real Decreto-Ley incluye algunas medidas que afectan directamente al sector del transporte de animales vivos.

Entre las ellas, la de mayor calado, según la Asociación Nacional de Transportistas de Animales (ANTA) son:

Prohibición con carácter general de carga y descarga: se prohíbe por ley que el conductor realice operaciones de carga y descarga de las mercancías, tanto en origen como en destino del servicio del transporte (salvo determinadas especialidades como es el transporte de mudanzas, vehículos cisternas, porta vehículos, vehículos grúas, paquetería y repartos de carga fraccionada a los puntos de venta).

La reducción del tiempo de espera a partir del cual el transportista tendrá derecho a indemnización cuando hace una carga o descarga, de las dos horas actuales a una hora, incluyéndose además una disposición relacionada con el cálculo de las indemnizaciones al transportista por daños ocasionados que impliquen la paralización del vehículo.
Entrará en vigor en 6 meses para permitir que los titulares de los centros de carga y descarga puedan contratar y formar al personal a cargo. El incumplimiento de dicha prohibición será sancionado como infracción muy grave con multas de hasta 4.600 euros.

Obligatoriedad de actualizar las tarifas del transporte debido a la variación del precio del gasóleo: sin posibilidad de pacto en contrario se establece la obligatoriedad de actualizar las tarifas de transporte que los transportistas reciben de sus clientes a las oscilaciones del precio del gasóleo, que se aplicarán a todos los contratos continuados de transporte:

un 30 % del porcentaje de subida del gasóleo para los camiones de mayor tamaño (de más de 20 toneladas de MMA)

un 20% para los camiones medianos (entre 3,5 y 20 toneladas

un 10 % para los camiones de hasta 3.5 toneladas.

De esta froma se busca poder repercutir la fuerte subida del gasóleo habida los últimos meses. El Decreto Ley incluye una Disposición Adicional que contempla la obligación de aplicar la citada fórmula teniendo en cuenta la subida del gasóleo en los últimos 12 meses. En el caso de los transportistas que tuvieran un contrato escrito con su cliente en la que ya incluyeran una fórmula de revisión diferente, dispondrán de un plazo de 6 meses para adaptarlo a la nueva regulación

El gerente de la Asociación Nacional de Transportistas de Animales (ANTA), Pedro Martinez, ha valorado de forma muy positiva este primer paquete de medidas, que mejorarán el transporte de animales vivos.

Este nuevo Decreto-Ley es el resultado de dos años intensos de reuniones con el MITMA, la Dirección General de Tráfico (DGT) y con miembros del propio Comité Nacional del Transporte (CNTC), “dándoles a conocer la problemática y lo inverosímil de este sector”, como dice el presidente de ANTA. “Gracias a ello el transporte de animales vivos por fin se ha tenido en cuenta en los cambios normativos que hoy se han aprobado y que a futuro vendrán. Con la ejecución de este Decreto-Ley, junto a la futura modificación del RD 542/2016 que regula el transporte de animales vivos a nivel nacional; y la aprobación en enero de 2023 de las 44 toneladas y los 4,5 metros de altura para el sector del transporte de animales vivos, ayudaran a mejorar, armonizar y depurar responsabilidades en el sector del transporte de ganado”

 

 

 

Fuentes:

MAPA

Cárnica

 

 

 




 
 

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