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La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Valenciana ha publicado el Plan Zoosanitario para el año 2020. Este programa establece un programa sanitario mínimo que debe cumplir cualquier explotación ganadera ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma.
El programa tendrá la denominación de Programa Sanitario Común, en el marco de la ejecución en una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG).
Los contenidos mínimos del Plan Zoosanitario 2020 serán:
Para el ganado ovino y caprino, se incluyen 7 patologías:
BRUCELOSIS OVINA Y CAPRINA
La Comunidad Valenciana tiene el estatus sanitario de «oficialmente indemne», por lo que se aplicaran las medidas necesarias para mantener esa calificación.
En aquellas explotaciones no calificadas, se realizarán todos los controles serológicos para conseguir la calificación M4.
En aquellas explotaciones con calificación suspendida o retirada, la primera prueba se realizará 30 días después del sacrificio de los animales sospechosos, y posteriormente cada 3 meses hasta recuperar la calificación.
Queda prohibida la vacunación, y la entrada de ovinos y caprinos vacunados frente a Brucella melitensis en los dos últimos años.
SCRAPIE
Se realizará una toma de muestras de ovejas y cabras muertas en la granja, mayores de 18 años (1 muestra por cada 1.250 ovejas, o cada 200 cabras).
Se hará preferentemente a animales con sintomatología nerviosa previa a la muerte.
LENGUA AZUL: vacunación según normativa nacional y desinsectación para proteger a los animales durante el periodo de actuación del vector.
TUBERCULOSIS: aquellas granjas que compartan pastos o exista relación epidemiológica con rebaños bovinos, se analizarán con la prueba de la IDTB (intradermotuberculinización) comparada como prueba de rutina, salvo en los casos de confirmación del complejo Mycobacterium tuberculosis (se hará IDTB simple).
Las granjas de caprino lechero pueden acogerse de forma voluntaria al Programa de Control y Erradicación de la comunidad.
PARATUBERCULOSIS: se prohibe la vacunación en cualquier rebaño caprino del que se desconozcan antecedentes clínicos o diagnósticos respecto a la enfermedad.
AGALAXIA CONTAGIOSA: las granjas de caprino lechero pueden acogerse voluntariamente al Programa Nacional de Vigilancia, Control y Erradicación de la enfermedad.
FIEBRE Q: vigilancia pasiva con declaración de casos.
Se puede leer el documento completo en Diari Oficial Generalitat Valenciana.
Fuente: oviespana.com, dogv.gva.es
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